Rechtsanwalt Wolfgang Sattler

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Si los cónyuges viven separados, están obligados a apoyarse mutuamente en caso de separación. Los cónyuges que se han administrado todos con fondos separados y no han formado una unidad económica también se deben mutuamente apoyo para la separación. Esto se aplica incluso si los cónyuges no han vivido juntos en ningún momento después del matrimonio, no han coordinado sus disposiciones de vida y no existen vínculos económicos entre ellos. Tampoco es un obstáculo para el cálculo de la pensión alimenticia en los casos de separación, el hecho de que se base en las circunstancias de la vida que conformaron el matrimonio, y en esta constelación el matrimonio fue conformado precisamente por la independencia económica de ambos cónyuges. El Tribunal Federal de Justicia ha aclarado esto en un caso con fuertes implicaciones de derecho internacional en el que ambos cónyuges procedían de familias indias que habían iniciado el matrimonio. La esposa tiene nacionalidad alemana, vive en Frankfurt y gana 2.670 euros netos al mes por su empleo en un banco, mientras que el marido, que vive en París, tiene nacionalidad británica y gana 5.000 euros como comerciante. Además, tiene ingresos por el alquiler de un apartamento que ascienden a 1.000 euros, y la ventaja residencial para el otro condominio que él mismo utiliza se fijó en 500 euros. Después del matrimonio del 23 de agosto de 2017, los cónyuges se separaron de nuevo en agosto de 2018. Entre tanto, ha habido repetidos contactos de visita del uno con el otro los fines de semana y una estancia única de tres semanas de la esposa con su marido en París sin ningún contacto sexual. Ambos cónyuges han llevado sus propias cuentas y cada uno ha manejado sus propios asuntos; sólo durante las visitas de la esposa a París el marido pagó las compras. El Tribunal Regional Superior de Francfort del Meno ha concedido el subsidio por separación de la esposa de 1.585 euros a partir de diciembre de 2018. Esto fue confirmado por el Tribunal Federal de Justicia en su Beschluss vom 19. Februar 2020 (XII ZB 358/19) . La pensión alimenticia por separación sólo puede perderse si los cónyuges tenían la firme intención, en el momento del matrimonio, de no establecer nunca la cohabitación conyugal, lo que el XII Senado no asumió en este caso. La decisión también contiene importantes declaraciones sobre el derecho internacional de la familia. Por una parte, se confirma que el hecho de que el marido sea de nacionalidad británica como una de las partes implicadas y que el Reino Unido haya abandonado la UE a finales del 31 de enero de 2020 no impide que los tribunales alemanes determinen la competencia internacional de los tribunales alemanes de conformidad con el Reglamento europeo Verordnung (EG) Nr. 4/2009 relativo a la competencia, la ley aplicable, el reconocimiento y la ejecución de las resoluciones judiciales y la cooperación en materia de familia, de 18 de diciembre de 2008. Asimismo, la determinación de la ley aplicable en virtud del Haager Unterhaltsprotokoll vom 23. November 2007 , no depende de si el caso tiene vínculos con otro Estado contratante de conformidad con el principio de reciprocidad; el hecho de que el Protocolo de La Haya sobre alimentos no se aplique al Reino Unido no impide su aplicabilidad en este caso.

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